GUÍA PARA RECLAMACIÓN DE DAÑOS POR LA DANA.

1️.-Servicios Notariales Gratuitos:

Búsqueda y expedición de escrituras: Obtención de copias de las escrituras de propiedad de las viviendas afectadas.

Protocolización y trámite de actas de daños: Creación y gestión de actas de notoriedad con fotografías de los daños. Este servicio permite que los afectados puedan presentar pruebas válidas ante las compañías de seguros o el Consorcio de Compensación de Seguros.

IMPORTANTE : Es necesario utilizar el canal habilitado para estos servicios.

📧 Correo electrónico de contacto : afectadosdana@valencia.notariado.org

Desde el Colegio Notarial de Valencia se pone a disposición en la web la búsqueda de las notarías más cercanas https://valencia.notariado.org/portal/buscadores-de-notarios

2️.-Reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros:

El Consorcio de Compensación de Seguros es la entidad que gestiona las reclamaciones de daños en estos casos. Normalmente, tu seguro te redirigirá al Consorcio.

Documentación necesaria:

Número de Póliza : Ya sea de hogar o vehículo.

Cuenta Bancaria (IBAN) del Titular del Seguro .

Detalles del Bien Dañado : En caso de vehículo, marca, modelo y matrícula.

Procedimiento de Reclamación:

Puedes presentar tu reclamación al Consorcio por teléfono gratuito (900222665) o en su página web (www.consorseguros.es ), si tienes DNI electrónico.

⏳ Tiempo de Procesamiento : No hay un plazo exacto para la resolución; el tiempo varía según la disponibilidad de los peritos, según la Ley de Contrato de Seguros en su artículo 20.9 establece un plazo de 3 meses. Ten en cuenta que puedes reclamar daños personales, materiales y pérdidas comerciales.

NOTA INFORMATIVA CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS: El CCS registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto en la legislación de seguros desde que se produjeron los daños. https://www.consorseguros.es/documents/10184/0/1_nota_informativa_Dana_Valencia_Albacete_301024.pdf/d9de3732-cda1-2233-1b0d-3660616774c4?t=1730298528251

OJO: Si la persona afectada no tiene seguro o la compensación es insuficiente, se necesita la declaración de «zona afectada gravemente por emergencia». Este proceso permite solicitar ayudas en lugar de indemnización completa. Las administraciones local y autonómica deben gestionar esta declaración, y luego se realiza una valoración de daños.

Compartimos este recurso con la esperanza de que sirva de apoyo y orientación en estos momentos difíciles.

Compartir:

También te puede interesar...

EL FOCO DE HACIENDA EN 2025.

DELITOS COMETIDOS A TRAVÉS DE REDES SOCIALES.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad