ADIÓS A LAS LLAMADAS DE TELEMARKETING PARA CONTRATAR LUZ.

El gobierno prohíbe las llamadas comerciales para contratar luz.

El Gobierno español está preparando una nueva regulación que prohibirá a las empresas de energía realizar contratos de suministro eléctrico a través del teléfono, excepto cuando sea el propio consumidor quien lo solicite. Esta medida se encuentra en trámite, impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica que busca erradicar los abusos cometidos por algunos.

El artículo 13 de la propuesta de Reglamento General de Suministro y Contratación establece que las empresas no podrán realizar publicidad ni formalizar contratos de suministro eléctrico por vía telefónica, salvo que exista una solicitud expresa por parte del consumidor.

Esta decisión responde a las numerosas quejas recibidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que ha alertado sobre prácticas engañosas por parte de algunas empresas, las cuales llaman a los consumidores sin su consentimiento y, en algunos casos, resultan en contrataciones sin la debida información y sobre todo abusando de personas de edad avanzada, los cuales resultan engañados.

La CNMC ha recomendado esta prohibición para frenar estas malas prácticas, siguiendo el ejemplo de la contratación domiciliaria, que ya fue restringida anteriormente. Además, se exigirá que, en los casos en que la contratación telefónica sea solicitada por el consumidor, la llamada sea grabada en su totalidad, incluyendo toda la información precontractual.

Este nuevo reglamento complementa la Ley General de Telecomunicaciones de junio de 2022, que ya otorga a los usuarios el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas. Aunque esta ley vigente desde junio de 2023 no prohibía la contratación telefónica, el vacío legal ha permitido a las comercializadoras seguir utilizando esta vía para captar clientes. Ante la avalancha de reclamaciones, la CNMC solicitó al Ministerio una normativa más estricta que limite estas prácticas.

El reglamento también aborda otras deficiencias en la contratación de servicios, como la falta de transparencia y la minimización de soportes documentales, lo que ha derivado en prácticas comerciales engañosas. La CNMC considera crucial establecer requisitos mínimos para mejorar la información disponible para los consumidores y prevenir errores administrativos y abusos.

Este reglamento es parte de un esfuerzo más amplio del Gobierno para transponer la directiva europea sobre normas del mercado interior de la electricidad, que incluye la oferta de precios dinámicos y contratos a precio fijo, así como la figura del defensor del cliente eléctrico, cuya implementación será voluntaria por parte de las compañías.

Cabe recordar que, en 2018 el Ministerio ya prohibió la contratación de luz y gas puerta a puerta, a menos que el cliente lo solicitara, debido al elevado número de reclamaciones por prácticas abusivas.

Esta medida sitúa a España como uno de los primeros países en la Unión Europea en adoptar tales protecciones, siguiendo el ejemplo del Reino Unido.

¿Qué piensas de esta decisión? ¿Crees que será efectiva?

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